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VISADOS DE NO INMIGRANTE

Empleados de hogar: Que acompañen a un beneficiario de visado de no inmigrante


Los empleados de hogar que acompañen a un empleador que entre en los Estados Unidos con visado: B, E, F, H, I, J, L, M, O or R podrán recibir un visado B-1, siempre que:

  • El empleado haya estado trabajando para su empleador fuera de los Estados Unidos al menos un año anterior a la entrada de su empleador en los Estados Unidos.

  • El empleado tenga al menos un año de experiencia profesional previa como empleado de hogar que éste pueda demostrar mediante la presentación de cartas de presentación de sus anteriores empleos.

  • El empleado debe trabajar de manera única para su empleador en los Estados Unidos, y facilitará alojamiento, alimentación y billete de avión de ida y vuelta de forma gratuíta tal como está indicado en los términos del contrato.

  • Todos los empleados de hogar deben presentar un contrato con fecha y la firma del empleado y el empleador
     

    1. En el que garantice un salario superior al mínimo establecido en la zona donde se vaya a desplazar.

    2. Jornada diaria de ocho horas de trabajo.

    3. Con la garantía de cualquier otro beneficio adicional otorgado a empleados domésticos en ese sector laboral.

    4. Se determine que el empleador informará con una antelación no inferior a dos semanas del término del empleo.

    5. Se determine que el empleado informará con dos semanas de antelación mínimo del término del empleo.

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— MÁS INFORMACIÓN —

Avisos de viaje del Departamento de Estado, Anuncios al público y Hojas de información consular
Tiempo de espera para un visado
Department of Homeland Security
Servicio de Rentas Internas
Servicio de Aduanas

 



actualizada: 14/04/10


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