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VISADOS DE NO INMIGRANTE

H1C – Profesionales de enfermería


La categoría de visado H-1C está destinada a enfermeros/as titulados para trabajar temporalmente en los Estados Unidos. El empleo está limitado a aquellas zonas designadas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS) como “zonas con escasez de profesionales de la salud”. Los enfermeros titulados que se encuentren trabajando con un visado H-1C sólo pueden ser admitidos por máximo de 3 años sin posibilidad de extender el plazo.

REQUISITOS

Para reunir los requisitos para un visado H-1C, un enfermero/a debe tener la titulación y licencia necesarias para ejercer la enfermería en el país dónde obtuvo su titulación, o haber recibido su formación en los Estados Unidos; haber pasado un examen adecuado (estipulado por el DHHS), o tener una licencia completa e ilimitada para ejercer como enfermero/a titulado en el estado donde tiene intención de trabajar; y estar debidamente capacitado de acuerdo con las leyes estatales y regulaciones del estado donde desea trabajar en los Estados Unidos.

Los profesionales de enfermería pueden cumplir los requisitos para un visado H-1C mediante la obtención de un certificado emitido por la Comisión de Colegios de Enfermería Extranjeros (CGFNS), o por una organización independiente reconocida por el Fiscal General y el DHHS; y aprobando el examen NCLEX-RN.

REÚNO LAS CONDICIONES PARA EL VISADO H-1C SIGUIENTE PASO

El permiso de trabajo debe ser aprobado previamente por el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) del DHS basándose en una petición, formulario I-129C, presentada por el hospital de los Estados Unidos. Antes de presentar una petición de visado de trabajo en la oficina de USCIS con jurisdicción en la zona donde se va a trabajar, el empleador debe presentar en el Departamento de Trabajo (DOL) el formulario ETA-9081 certificando que el hospital está autorizado a emplear enfermeros profesionales.

UNA VEZ QUE LA PETICIÓN HA SIDO APROBADA POR EL USCIS

Una vez que la petición de visado H1-C presentada a su favor ha sido aprobada, necesitará solicitar un visado antes de viajar a los Estados Unidos. El formulario I-797A o B, (Notice of Action) por si solo, no es válido para viajar a no ser que vaya acompañado del visado adecuado.

CÓNYUGES, HIJOS Y PAREJAS

Los cónyuges e hijos menores de 21 años que deseen acompañar o reunirse en los Estados Unidos con el principal durante el tiempo de estancia permitido, pueden solicitar un visado derivativo H-4. El procedimiento de solicitud es el mismo; el I-797A o B sirve también para dependientes. Si el cónyuge y/u hijos solicitan visado en fecha posterior, una copia del visado del H-1C debe ser presentada.

Los cónyuges e hijos que no tienen intención de residir en los Estados Unidos con el titular del visado principal pero desean ir de vacaciones únicamente, pueden solicitar un visado B-2, o en su caso, viajar sin visado bajo las condiciones del Programa de Exención de Visado VWP.

Más información para compañeros y parejas de hecho.

H-4 en vez de F-1

El cónyuge e hijos menores del titular de un visado H-1 pueden estudiar con un visado H-4.

Sin embargo, también pueden solicitar un visado de estudiante F-1. Si sus hijos están en edad escolar, remítase a las normas para la emisión de visados F-1.

TRABAJANDO CON UN VISADO H-4

El titular de un visado H-4 no puede trabajar. Si el interesado busca empleo, necesitará solicitar el visado de trabajo adecuado.

COMO SOLICITAR

Para solicitar un visado como profesional de enfermería.

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— MÁS INFORMACIÓN —

Avisos de viaje del Departamento de Estado, Anuncios al público y Hojas de información consular
Tiempo de espera para un visado
Department of Homeland Security
Servicio de Rentas Internas
Servicio de Aduanas

 



actualizada: 14/04/10


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